Es posible que durante los meses de verano (¡qué lejanos quedan ya!), te hayas replanteado tu futuro profesional. Y quizá también has decidido que ha llegado el momento de montar un negocio por tu cuenta.
Si es así, serás consciente del hecho de que emprender es un camino lleno de dificultades. Y seguramente estarás inmerso en un mar de dudas. Para hacerte más llevadero este viaje, hemos preparado esta guía rápida recogiendo los principales pasos administrativos a seguir para darte de alta como autónomo individual por primera vez. Con ella y tu decidido espíritu emprendedor podrás superar este primer obstáculo.
Damos por sentado que tu decisión parte de una gran idea, que has realizado un estudio más o menos profundo de tu posible competencia y elaborado un plan de negocio. Por eso, nos centraremos exclusivamente en el “papeleo”. Un proceso que puede ser más sencillo de lo que crees si tienes claros los pasos a seguir y las distintas Administraciones implicadas.
De hecho, según los datos del Ministerio de Economía, el 80% de los autónomos individuales se dan de alta en menos de un día. Sin duda, la forma más rápida y económica de empezar tu propio negocio.
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Los 4 pasos clave para tramitar tu alta en autónomos
Si estás plenamente convencido de la posibilidad de éxito de tu proyecto, ha llegado el momento de iniciar los trámites con Hacienda y la Seguridad Social. Las relaciones con estas dos administraciones serán una constante durante tu experiencia como autónomo.
A continuación te explicamos qué debes gestionar con cada una de ellas. Aunque los trámites no son excesivamente complejos, son muchos los datos que debes indicar con claridad. De ahí que nuestra recomendación sea contratar un asesor. No solo te ayudará a presentar toda la documentación, sino también a cumplir con tus obligaciones futuras, en tiempo y forma. Un apoyo esencial que te permitirá evitar errores y ahorrar un tiempo muy valioso, que podrás dedicar a seguir trabajando en tu plan de negocio.
Hacienda
En lo que respecta a Hacienda, deberás darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda. Tu registro te permitirá facturar y cumplir con tus obligaciones tributarias. Es el primer paso a realizar, incluso antes de gestionar tu alta en la Seguridad Social.
¿Cómo puedes hacerlo? Mediante el modelo 036 (declaración censal general) o la versión 037 (declaración censal simplificada, solo para personas físicas). Con ellos declararás formalmente el inicio de tu actividad, comunicando a Hacienda ciertos datos personales, fiscales y empresariales, así como el tipo de actividad que vas a realizar (Epígrafes IAE).
Además, y en caso de que vayas a vender productos o prestar servicios fuera de España y en otro Estado perteneciente a la Unión Europea, tendrás que inscribirte en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
Afortunadamente, los trámites presenciales quedaron en el pasado. Mediante la sede electrónica podrás realizar todo el proceso de forma telemática, siempre que dispongas de DNI electrónico o certificado digital. Te recomendamos obtener este último, que agilizará enormemente estas gestiones iniciales y también futuros trámites, como la modificación de datos o presentación de impuestos.
Seguridad Social
Tras la declaración censal a Hacienda (o de forma paralela) tendrás que darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores (RETA) de la Seguridad Social. ¡Ojo! Tendrás que hacerlo al menos con 60 días de antelación al inicio de tu actividad.
El formulario empleado para este trámite es el modelo TA0521, en el que indicarás, junto con otra información, la fecha de inicio de tu actividad y tu base de cotización (la cuota de autónomos que pagarás cada mes). Lo más habitual al comenzar como autónomo individual es elegir la mínima: podrás cambiarla hasta cuatro veces al año.
Además, deberás elegir tu CNAE (Código Nacional de Actividades Económicas). Este código clasifica tu actividad a efectos estadísticos y no tiene por qué coincidir con el epígrafe IAE comunicado a Hacienda.
Nuevamente, todos estos trámites podrás realizarlos vía online a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Recuerda: tu certificado digital será muy útil, ¡no olvides solicitarlo!
Elegir mutua
Durante el proceso de registro en el RETA, y dependiendo de tu categoría profesional, podrás determinar una entidad gestora o mutua, que cubrirá cualquier incapacidad temporal, enfermedad profesional o accidente laboral. El hecho de trabajar por cuenta propia no te exime de estos derechos.
Para ampliar información al respecto puedes visitar el listado de mutuas colaboradoras incluido en la web de la Seguridad Social.
Licencia de Apertura
Si vas a desarrollar tu actividad en un establecimiento físico, tendrás que solicitar una licencia de apertura. Únicamente quedan exentas de este trámite las actividades que se desarrollan en el propio domicilio, siempre y cuando no impliquen labores de venta o atención directa al público.
Este documento es una licencia municipal obligatoria. Permite que un local, nave u oficina ejerza su actividad comercial, industrial o de servicios. Se concede al dueño del negocio, acreditando el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de esa actividad.
Existen dos tipos de licencias en función de la actividad a desarrollar:
- Actividades inocuas: son aquellas que no generan molestias, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para las personas. Por ejemplo, una tienda de ropa u oficinas para prestación de servicios.
- Actividades calificadas: son aquellas susceptibles de ser consideradas como molestas, insalubres o peligrosas; como por ejemplo los establecimientos de hostelería o las actividades industriales. Por ello, implican medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales (y mayores costes).
El coste de la licencia de apertura vendrá determinado por dos factores: las tasas del ayuntamiento, que tienen en cuenta ubicación, tamaño del local y tipo de actividad; y el proyecto técnico, que dependerá del coste de la reforma previa a ejecutar en el local.
Por tanto, a la hora de buscar el tuyo, debes tener presente su adecuación a los requisitos exigidos para el tipo de actividad a desarrollar. Es importante conocerlos antes de empezar la búsqueda (puedes preguntar en tu Ayuntamiento), para usarlos como filtro.
¿Cuánto cuesta ser autónomo?
Probablemente sea una de las preguntas que te habrás hecho una vez tomada la decisión de iniciar tu propia actividad.
En primer lugar, las altas en Hacienda y Seguridad Social son completamente gratuitas. Ahora bien, una vez completadas deberás hacer frente a la cuota de autónomos. Se trata de un pago mensual que en la actualidad está situado en 286 euros para la cuota mínima, y 1.232 euros para la máxima. A ellos tendrás que sumar los impuestos del IVA y el IRPF. El primero dependerá del tipo de actividad, mientras que los nuevos autónomos pueden disfrutar de un IRPF reducido al 7% durante los dos primeros años, frente al 15% del tipo general. Además, a todo lo anterior tendrás que sumar la inversión inicial en el local, mobiliario o material publicitario, variable en función de la actividad a desempeñar y tus necesidades específicas.
Por suerte, existen diferentes ayudas para facilitar a las personas su alta como autónomos. Si, como en tu caso, es la primera vez que te haces autónomo, podrás acogerte a una tarifa plana. Con ella pagarás solamente 60 euros durante los primeros doce meses; 144,50 euros los seis siguientes y 198,31 euros hasta cumplir dos años de actividad.
Para incentivar el emprendimiento entre los empresarios jóvenes, algunas administraciones extienden esta tarifa plana hasta un tercer año para los menores de 30. Incluso es posible solicitar subvenciones de entre 2.000 y 10.000 euros, como las Ayudas ICO o los programas específicos de las diferentes Comunidades Autónomas. En este sentido, tu asesor será una figura de gran utilidad para estar al tanto de todas las opciones disponibles.
Finalmente, si estás en situación de desempleo, puedes incluso solicitar una capitalización del paro. Con ella podrás recibir todo el importe de tu prestación para invertirlo en la puesta en marcha de tu nuevo negocio. Para tramitarla deberás contactar con el Servicio Público de Empleo antes de iniciar tu actividad como autónomo.
Eactivo, el programa de facturación y gestión para autónomos
El hecho de completar tu alta como autónomo individual no supone, ni mucho menos, el final del viaje. A partir de este momento deberás cumplir regularmente con varias tareas burocráticas relacionadas con las obligaciones fiscales, como la presentación de los modelos trimestrales y anuales. Nadie dijo que fuera a ser fácil.
Sin embargo, un buen software puede hacerte mucho más sencilla desde la tramitación de impuestos hasta las labores de facturación, sin olvidar el control contable. El mejor ejemplo es eactivo, nuestro programa de facturación y gestión 100% Cloud.
Eactivo te permite gestionar todas las áreas de la empresa de forma sencilla y ágil, independientemente del tipo de actividad que pretendas iniciar. Constituye un sistema versátil, elástico y escalable, capaz de adaptarse las necesidades específicas de tu negocio.
Y lo mejor de todo es que, al prestarse en modalidad SaaS, resulta económico y accesible. Por tan solo 9,90€ mensuales podrás hacer uso de las principales funcionalidades de la aplicación, generar facturas y documentos de compra de forma ilimitada o disponer de tu propio TPV para ventas rápidas. Además, esta cuota también incluye una sólida infraestructura de servidores, servicios de seguridad y soporte, para que puedas poner todos tus sentidos en la gestión de tu nuevo negocio. Que no es poco.
Eactivo puede ser un gran aliado en esta aventura que estás a punto de comenzar. Si quieres probarlo, solicita un período de prueba gratuita desde este enlace. Descubrirás la solución de gestión idónea para los nuevos autónomos, profesionales independientes y freelancers.